Si tienes un crédito y te has atrasado en el pago de algunas cuotas, probablemente has vivido esta situación desconcertante: recibir una demanda judicial no solo por las 2 o 3 cuotas que debes, sino por todo el saldo restante de tu préstamo. Es decir, si tenías un crédito de 30 cuotas y te atrasaste en algunas después de pagar solo 10, de repente te están cobrando las 20 cuotas restantes como si todas estuvieran vencidas.
Esta situación genera mucha angustia porque aparentemente te cobran dinero que técnicamente no es exigible, ya que esas cuotas futuras todavía no han llegado a su fecha de vencimiento. Lo que parecía un problema manejable (ponerse al día con algunas cuotas) se convierte en una demanda por millones de pesos.
Muchas personas se preguntan: «¿Cómo es posible que me cobren cuotas que vencen recién el próximo año?» La respuesta está en un mecanismo legal específico que probablemente firmaste sin darte cuenta de sus consecuencias. La solución: una defensa al deudor adecuada, algo clave para proteger tu patrimonio y hacer frente a la cláusula de aceleración.
La Cláusula de Aceleración: El Mecanismo Detrás del Problema
La respuesta está en una disposición específica de tu contrato llamada «cláusula de aceleración». Puedes encontrar esta cláusula revisando tu contrato original, pagaré o documento de crédito, generalmente bajo ese nombre exacto o como «vencimiento anticipado de la obligación».
Esta cláusula establece que si te atrasas en un número determinado de cuotas consecutivas (normalmente 1 o 2 cuotas impagas), toda la deuda pendiente se considera inmediatamente vencida y exigible, aunque las cuotas futuras originalmente tuvieran fechas de vencimiento posteriores. Es decir, el banco puede «acelerar» el vencimiento de toda tu deuda.
La cláusula típicamente dice: «Si el deudor incurre en mora por X cuotas consecutivas, el acreedor podrá declarar vencido anticipadamente el plazo de toda la obligación». Los bancos justifican esto argumentando que si no puedes pagar las cuotas presentes, es improbable que cumplas con las futuras, por lo que prefieren cobrar todo mientras aún tienes patrimonio.
La Solución Integral: Defensa Oportuna y Negociación
La defensa jurídica oportuna y técnica es absolutamente crucial para suspender el avance del procedimiento ejecutivo. Sin una defensa adecuada, el banco no encuentra obstáculos legales para avanzar rápidamente hacia el remate de tus bienes, lo que te deja sin herramientas de negociación.
Una defensa especializada en la defensa al deudor como la que puedes encontrar en nuestro Estudio Jurídico puede identificar errores procedimentales, vicios en la notificación, problemas en el cálculo de intereses o irregularidades en la aplicación de la cláusula de aceleración. Esto no sólo suspende temporalmente el procedimiento, sino que mejora significativamente tu posición para negociar con el banco.
Con el procedimiento suspendido por una buena defensa, el banco se ve presionado a negociar porque enfrenta un proceso más largo, costoso e incierto. Por ejemplo, si tienes un pagaré por $50 millones, pagaste 10 de 30 cuotas y te demandan por $35 millones de saldo restante, podrías acordar pagar entre $3.5 y $10.5 millones (10% a 30% del monto demandado) para cerrar el juicio ejecutivo y pagar en cuotas el saldo restante del crédito.
En nuestro Estudio Jurídico, contamos con amplia experiencia en la defensa al deudor frente a procedimientos ejecutivos y la aplicación indebida de cláusulas de aceleración. Nuestro equipo evalúa cada caso con detalle, identifica oportunidades de defensa técnica y negocia soluciones que protejan tu patrimonio y reduzcan el impacto económico de la deuda. Contáctanos para recibir asesoría especializada y personalizada que te permita enfrentar de manera efectiva cualquier acción judicial por créditos impagos.
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